Metodología

El informe generado por FBH recoge las causas del siniestro, valoración de los daños, circunstancias que influye en la determinación de la indemnización según la naturaleza del seguro que se trate y la propuesta líquida del importe de la indemnización. Para un óptimo resultado, los métodos de peritación se plantean sistemáticamente según los siguientes puntos y tiempos de actuación:

1. Una vez recibido el encargo pericial, el Perito FBH comunica con el asegurado o perjudicado en las 24 horas laborables siguientes al encaro pericial, a fin de concertar el día y la hora de la visita para proceder  la peritación.

2. Siempre que la disponibilidad del asegurado o perjudicado lo permita, el Perito efectuará la primera visita al lugar del siniestro y remitir un primer informe pericial en un plazo de 72 horas laborales, a contar desde que le ha sido formulado el encargo pericial.

En ningún caso el Perito supeditará la emisión del informe pericial al presupuesto de reparación de los Servicios de Reparación, o a los que el asegurado o el perjudicado pudieran presentar.

En cualquier caso este primer informe se emitirá aunque no se haya podido iniciar o completar la peritación y recogerá un avance de situación, descripción de hechos y circunstancias, primeras actuaciones y estimación de reserva, Este informe será definitivo siempre que ello sea posible. En caso contrario, se indicará la situación del expediente y las causas que impiden que la peritación no se haya completado.

3. El siguiente informe no supondrá un distanciamiento superior a 10 días  naturales desde la emisión del anterior.

El informe definitivo recogerá los siguientes puntos:

3.1. Identificación de los bienes afectados con los asegurados.

3.2. Fecha exacta del siniestro  y su comparación con la fecha efecto de póliza.

3.3. Concurrencia de póliza sobre el mismo riesgo.

3.4. Análisis de posibles agravantes.

3.5. Establecimiento de las causas y circunstancias del siniestro: entrevistas con personas relacionadas con el mismo que puedan aportar información.

3.6. Estudio del hecho causante y si cobertura en el contrato de seguro, según aplicación exhaustiva del condicionamiento general y particular de la póliza. Informar inmediatamente cuando las causas del siniestro no estén cubiertas por la póliza.

3.7. Establecimiento de terceros responsables.

3.8. Identificación de perjudicados distintos del asegurado.

3.9. Determinar si existe valor de salvamento en los bienes dañados, así como organizar y ejecutar acciones encaminadas a aminorar las consecuencias del siniestro.

3.10. Valoración de los daños, atendiendo expresamente las exclusiones y límites por garantías afectadas, indicado:

        • Capital asegurado en el momento del siniestro.
        • Cálculo de franquicias, si se contratan.
        • Propuesta de la indemnización líquida del siniestro.
        • Inclusión de facturas o presupuestos de reparación y cualquier otra documentación que haya servido de base para la fijación de los daños.
        • Si se precisa el levantamiento de un acta notarial, deberá recoger la descripción de los daños, fotografías y circunstancias personales de eventuales testigos, que deberán encontrarse presentes en el momento de la personación notarial.

3.11. Información sobre posible infraseguro en las garantías contratadas de la póliza, aunque no hayan sido afectadas por el siniestro.

3.12. Determinar la posibilidad de recobro a un tercero. Es uno de los principales valores añadidos en la función del perito. Permite a su cliente repercutir contra el causante recuperando de esta manera la indemnización del daño en el caso de una aseguradora o el valor total o parcial del mismo sis e trata de un particular.

4. Informes complementarios.

La compañía podrá solicitar al Perito la emisión de informe complementario con el fin de aclarar/completar el informe emitido. El perito gestionará dicha solicitud, teniendo en plazo de emisión para dicho complementario de 24 horas en caso de tratarse de un trabajo de oficina o tres días laborales si se precisa algunas gestión más (nueva visita, comprobaciones, ampliación de daños…)

5. Incidencias y reclamaciones.

Cualquier incidencias que se aperture y comunique a través del correo electrónico habilitado para ello será respondida en el plazo de 24 horas laborales.